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La inexistencia de mecanismos de armonización o de funcionamiento equivalente en la UE limita, por un lado, el alcance de los productos de seguro disponibles para los asegurados y, por otro, hace que sea complicado y costoso para los aseguradores ofrecer sus productos en los distintos Estados miembros de la UE. Esto es fundamental en lo que respecta a la creciente importancia del seguro (de consumo) en Europa. Las soluciones que aún están en proceso de creación plantean la pregunta de si las leyes de seguros contemporáneas aún están tan alejadas unas de otras. Como muestra representativa, el…mehr

Produktbeschreibung
La inexistencia de mecanismos de armonización o de funcionamiento equivalente en la UE limita, por un lado, el alcance de los productos de seguro disponibles para los asegurados y, por otro, hace que sea complicado y costoso para los aseguradores ofrecer sus productos en los distintos Estados miembros de la UE. Esto es fundamental en lo que respecta a la creciente importancia del seguro (de consumo) en Europa. Las soluciones que aún están en proceso de creación plantean la pregunta de si las leyes de seguros contemporáneas aún están tan alejadas unas de otras. Como muestra representativa, el análisis abarca el deber de buena fe en el derecho de contratos de seguros inglés y alemán, en el que se incluirá la ley anterior a la reforma, la ley reformada así como la correspondiente norma PEICL. La comparación se centra especialmente en: las circunstancias que debe revelar el asegurado, la forma en que se interpretan las preguntas y respuestas del asegurador, la duración del deber y las consecuencias jurídicas de una infracción, en particular los derechos legales de que dispone el asegurador. Cualquier persona interesada o profesionalmente involucrada en la legislación de la UE, especialmente en el derecho de los contratos de seguros, debería echar un vistazo a este tema de salida.
Autorenporträt
Katharina Thumeyer, LL.M.: Estudió derecho en las Universidades de Heidelberg y Mainz, Alemania. Primer examen estatal en 2008. Máster en Derecho en el University College London, Reino Unido. Aprendiz (Referendarin) desde 2010 en Frankfurt, Alemania.