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Buena parte de los países identificables como subdesarrollados y que son a su vez mayoría en la OMC, no han presentado ni un solo caso ante el órgano de solución de controversias de este organismo (SSD). Del continente africano, por ejemplo, solo Egipto ha promovido un caso para pánel contra Turquía. Por su parte, solo Bangladesh en cuanto país considerado menos desarrollado o pobre, ha utilizado el sistema sin haber llegado hasta el final. Colombia por su parte, no ha llevado ningún caso a su fin en calidad de demandante, habiendo sido demandado en varias ocasiones. Visto de manera optimista,…mehr

Produktbeschreibung
Buena parte de los países identificables como subdesarrollados y que son a su vez mayoría en la OMC, no han presentado ni un solo caso ante el órgano de solución de controversias de este organismo (SSD). Del continente africano, por ejemplo, solo Egipto ha promovido un caso para pánel contra Turquía. Por su parte, solo Bangladesh en cuanto país considerado menos desarrollado o pobre, ha utilizado el sistema sin haber llegado hasta el final. Colombia por su parte, no ha llevado ningún caso a su fin en calidad de demandante, habiendo sido demandado en varias ocasiones. Visto de manera optimista, salvo los casos prototípicos de India y Brasil, el acceso de los países desarrollados en el SSD es muy limitado. El presente texto está dedicado a analizar el acceso de los estados, particularmente de los países en desarrollo, al SSD. En tal sentido pretende ubicar centralmente cuáles son los obstáculos y oportunidades de diverso orden para el acceso de los sujetos legitimados para ello.
Autorenporträt
Abogado de la Universidad Nacional de Colombia. Especialista en Derecho del comercio internacional y Doctor en Derecho de la Universidad de Barcelona. Profesor de las Universidades Nacional y Libre de Colombia. Ha sido consultor de las Agencias Catalana y Española de cooperación.