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La designación por parte del Estado de un Juez Ad Hoc en la Corte Interamericana de Derechos Humanos puede significar un perjuicio a la víctima cuando el caso tiene origen en una petición individual. Esta práctica se venía perpetrando en razón de una mala interpretación de normas a través de los años. Considerando que esta institución puede afectar el derecho de todo ser humano a un juez independiente e imparcial, se decide analizar a fondo la interpretación de la norma, los votos de estos jueces a lo largo del tiempo y los principios básicos del Sistema Interamericano de Protección de…mehr

Produktbeschreibung
La designación por parte del Estado de un Juez Ad Hoc en la Corte Interamericana de Derechos Humanos puede significar un perjuicio a la víctima cuando el caso tiene origen en una petición individual. Esta práctica se venía perpetrando en razón de una mala interpretación de normas a través de los años. Considerando que esta institución puede afectar el derecho de todo ser humano a un juez independiente e imparcial, se decide analizar a fondo la interpretación de la norma, los votos de estos jueces a lo largo del tiempo y los principios básicos del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Finalmente, surge la necesidad de analizar los cambios realizados por la Opinión Consultiva que la misma Corte emite al respecto (OC-20) para ponderar si realmente hay una evolución tangible en la posición del individuo y concluir de qué manera puede o no afectar la figura del juez ad hoc a la víctima.
Autorenporträt
Costarricense, Abogada e Internacionalista, especialista en Derechos Humanos y Políticas Públicas para la Educación.