
Distribución exclusiva en el omnipresente mundo del comercio electrónico
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El contrato de distribución exclusiva es una forma evolutiva de práctica entre comerciantes destinada a establecer un nuevo tipo de relación entre fabricantes y distribuidores, y a garantizar un mejor servicio al consumidor. Esta práctica comercial, ignorada durante mucho tiempo por el legislador, está mucho más desarrollada por la abundante doctrina y la práctica comercial contractual. Se trata de un contrato mercantil celebrado intuitu personae por el que un comerciante independiente obtiene de otro comerciante independiente mercancías que se compromete a comercializar bajo su marca,...
El contrato de distribución exclusiva es una forma evolutiva de práctica entre comerciantes destinada a establecer un nuevo tipo de relación entre fabricantes y distribuidores, y a garantizar un mejor servicio al consumidor. Esta práctica comercial, ignorada durante mucho tiempo por el legislador, está mucho más desarrollada por la abundante doctrina y la práctica comercial contractual. Se trata de un contrato mercantil celebrado intuitu personae por el que un comerciante independiente obtiene de otro comerciante independiente mercancías que se compromete a comercializar bajo su marca, lo que le otorga derechos de venta en exclusiva durante un periodo de tiempo en una zona geográfica determinada. Con la aparición de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, en este caso el comercio electrónico, la exclusividad territorial de este contrato se está poniendo en entredicho como consecuencia de la ubicuidad del comercio electrónico. El comercio electrónico tiende a borrar todas las demarcaciones fronterizas.